El 19 de junio asumirá el reemplazo en las áreas revertidas a YPF PDF Imprimir E-mail
Escrito por Javier Chiaramello   
Miércoles, 21 de Marzo de 2012 09:39

El 19 de junio asumirá el reemplazo en las áreas revertidas a YPF.

 

Desde hoy corren los 90 días para adjudicar los yacimientos revertidos que impuso el Gobierno de Chubut. Desde hoy corren los 90 días durante los cuales YPF deberá garantizar la adecuada operación de los dos yacimientos hidrocarburíferos El Trébol - Escalante y Cañadón Perdido – Campamento Central – Bella Vista Este, cuya explotación le fue retirada por el gobierno provincial debido a sus incumplimientos en inversión y producción. Durante esos días y para resguardar el patrimonio estatal, YPF no podrá hacer uso de las instalaciones de producción si Petrominera no lo autoriza. El decreto de la caducidad ingresó ayer a la Legislatura y según su texto, en los tres meses que arrancan hoy Petrominera deberá “adoptar las medidas necesarias” para que un nuevo operador se haga cargo de las áreas. El día 91 será el martes 19 de junio.

En el plazo mencionado, el Ministerio de Hidrocarburos deberá efectuar un inventario de las mejoras, instalaciones, pocos y demás bienes que YPF haya usado en los yacimientos. Y el Ministerio de Ambiente se encargará de realizar las inspecciones y auditorias necesarias “para evaluar la gestión ambiental” de la petrolera y “detectar la eventual existencia de pasivos ambientales”. Por su parte, la Secretaría de Trabajo deberá controlar que YPF cumpla con la legislación laboral y releve el personal afectado a los yacimientos.

En los fundamentos del decreto se advierte que si bien YPF asegura que presentó un programa de trabajo, “la tabla a la que se remite de ninguna manera puede considerarse con seriedad un plan razonable y fundado”. Por eso la gestión de Martín Buzzi consideró que no cumplió con la intimación. “El descargo no logra justificar los incumplimientos sustanciales imputados”, dice el texto.

“En muchos casos las premisas de sus argumentos están formuladas con información parcial -asegura el decreto-. Se señala erróneamente la incompetencia de la Provincia para imputar presuntos incumplimientos de fecha anterior a la vigencia de la ley nacional 26.197 porque algunos indicadores del informe técnico refieren a valores acumulados en las inversiones desde 2006 hasta 2010. Llamativamente, el representante de la empresa omite que en los renglones siguientes de los mismos párrafos se explicitan valores referidos a la misma variable para el período 2008-11”.

El decreto asegura que en su descargo, YPF “seleccionó de manera arbitraria las fechas para elaborar indicadores favorables a la posición de la empresa”. Además “omitió aclaraciones pertinentes y necesarias que eviten la confusión, ya que sugieren malentendidos con respecto a lo escrito en el informe técnico de Provincia”.

Para Fontana 50, la tabla de inversiones posibles propuesta por la operadora para los yacimientos en conflicto “de ninguna manera representa un plan de trabajo racional y fundado que permita subsanar en un tiempo razonable la curva de declinación de la producción”. Además, los montos de inversión descritos para este año 2012 no coinciden y “son inferiores al plan de trabajo presentado”.

YPF se había quejado de los escasos siete días que Buzzi le dio para presentar una propuesta de trabajo en las áreas. El decreto responde: “No se puede soslayar que un concesionario diligente y ordenado, máxime tratándose de una empresa altamente especializada en materia de hidrocarburos de la que se supone una especial versación técnica y jurídica en tal aspecto, debe estar en condiciones de precisar detallar y explicar incluso en un tiempo mucho menor al otorgado cuáles fueron las inversiones y trabajos concretamente efectuados en los últimos años, el impacto que tuvieron en la producción y de proponer un plan razonable y fundado para el futuro”.

La operadora también aseguró que otras empresas también incumplieron con sus obligaciones en Chubut. Pero que sólo YPF sería castigada.”Este argumento no es aceptable ya que la alegación es extremadamente vaga y genérica y no aporta prueba o elemento alguno”, dice el decreto. Y aunque otras petroleras hayan incumplido, “la discriminación de la que dice ser objeto en modo alguno existe ya que la hipótesis no la exime en modo alguno de las sanciones que correspondan por su inoperancia”.

 

 

 

 

 

Fuente: Diario Jornada

 

Escribir un comentario

Código de seguridad
Refescar

 

Contenido flash alternativo

Para ver este flash necesitas tener activado javascript en tu navegador y actualizada la versión de reproductor flash.

Seguinos en Facebook

Galería de Videos